Según la encuesta nacional de actitudes, percepciones y valores realizada en el marco de la investigación “Cultura de la Constitución en Costa Rica” (de: Idea Internacional, Fundación Arias para la Paz y Universidad Autónoma Nacional de México) un 68,6% de los costarricenses creemos que en Costa Rica solo se respetan algunas leyes y que solo se aplican algunos de los artículos de la Constitución Política. Además a la pregunta de que si los ticos cumplimos la ley, el 67% de entrevistados respondió que no y un 45% consideró que de ser necesario, podría llegar a desobedecer una norma legal. En palabras más sencillas y por cierto, alejadas de la rigurosidad de la investigación social citada, en el país tenemos un tanate de leyes, pero a nadie le importa, nadie las cumple y si se puede, se brincan.

Esa realidad que es vox populi, me da pie para relanzar la pregunta: ¿Quién le hace caso a la Sala Constitucional?

Digo relanzar, porque si la memoria no me es ingrata, fue el primer presidente de la conspicua Sala, Doctor Rodolfo Piza Escalante (q.d.D.g), quien hace años criticó la efectividad de las resoluciones jurisdiccionales, frente a la desidia, especialmente de funcionarios públicos incapaces y/o convencidos de que al desobedecer las órdenes del máximo órgano constitucional de la República, no pasa nada. Ciertamente en la Sala Constitucional confluyen lo político y lo jurídico, doble esencia de nuestra Carta Magna, por eso cuando se reclama la infracción, ya sea de un derecho fundamental, ya sea de una libertad pública, los efectos de la sentencia son de esa misma naturaleza dual.

En lo jurídico, la vinculación erga omnes de lo resuelto, en el mayor de los casos no sufre resistencia alguna para su aplicabilidad, debido en buena parte, a la obligación de carácter ético que constriñe a los operadores del derecho. En lo político, es donde generalmente, lo emanado por el único controlador de las desviaciones de poder, se desobedece, se incumple o sencillamente se ignora.

Son los jerarcas de los ministerios, de las instituciones públicas e incluso de las municipalidades, los que desacatan y en evidente mal ejemplo, hacen caso omiso a las órdenes de la Sala Constitucional. En materia de discapacidad sobran ejemplos: el Instituto Nacional de Seguros fue obligado a pagar el seguro social de los pensionados rentistas desde el mes de mayo y no lo hace aún (según resolución 8003-2009). Innumerables municipalidades han recibido la orden de arreglar las aceras de sus comunidades para hacerlas accesibles y no les importa. A la Ministra de Salud se le ordenó aplicar la Ley 7600 en los comercios y dijo que le parecía excesivo. La desobediencia de autoridades públicas se da en muchos otros campos de los derechos humanos, como ocurre con los adultos mayores y su derecho a viajar subvencionadamente con solo la presentación de la cédula en bus o en tren, o con respecto a la autonomía de los pueblos indígenas.

No se equivoca entonces la percepción de los costarricenses sobre nuestro sistema jurídico, las leyes se aplican solo en unos casos, especialmente si el obligado a cumplirlas es un simple ciudadano y del todo, las leyes no sirven de nada, cuando el obligado a cumplirlas tiene poder político.

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