En cualquier momento se podrá aprobar en segundo debate el nuevo Código Electoral. Abogamos por ello y esperamos que el gobierno de la República lo convoque en el período de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa que inicia en agosto. Sobra decir que en el PASE hemos sido consistentes y entusiastas sobre esta nueva ley electoral.
El Código vigente data de 1953 y muchas de sus normas son copia de la ley electoral que regía el país desde 1946.
La nueva ley introduce normas que garantizan mayor transparencia y más control sobre los fondos y donaciones a partidos políticos. Se elimina la alcahuetería de permitir “la contribución de dineros” de sociedad anónimas y se prevé, habrá mayor facilidad en la ejecución de los dineros de la deuda política.
En cuanto a los procesos electorales se crea el Registro Electoral y se separan sus funciones de las del Registro Civil, se establecen reglas claras acerca del proceso de apelación de decisiones internas de los partidos o aquellas que tengan que ver con la inscripción de los mismos.
Se establece la figura del amparo electoral que hasta el día de hoy, se ha aplicado por la vía de la jurisprudencia, además, se habilita el voto de costarricenses en el extranjero o voto consular, derecho ése que en el PASE hemos reclamado.
En materia de discapacidad nuestro partido hizo lo propio por incluir sus propuestas y así fue. Se logró el reconocimiento del derecho al voto secreto de las personas no videntes. Esta es una lucha de la Fundación para el Progreso de las Personas Ciegas que acuerpamos y logramos incluir dentro del nuevo Código, propiamente a partir del artículo 184.
A partir de la nueva ley las personas no videntes tienen el derecho de votar de manera secreta mediante plantillas y si no lo quieren, podrán hacer siempre su voto público o asistidos.
Además logramos (artículo 167) que no se habiliten centros de votación en segundas plantas o en cualquier local o escuela que no se encuentre adaptada con rampas de acceso, pisos antideslizantes o cualquier otra necesidad arquitectónica indispensable para garantizar la movilidad de los usuarios de silla de ruedas. Para todos aquellos funcionarios o personas civiles que incumplan con estas regulaciones, se contempla una sanción de diez salarios base.
Desde luego que el nuevo Código no es perfecto pues existen temas trascendentales que no variaron un ápice. Lo ideal es que se hubiese regulado la forma de contabilizar los votos para diputados, cuyo sistema de cociente, subcociente y residuo mayor, es en nuestro concepto no sólo antimatemático, sino además inconstitucional.
Ya en una oportunidad recurrimos a la Sala Constitucional respecto de este tema y logramos al menos tres voto salvados (de siete magistrados) que nos dieron la razón en cuanto a la ilógico e injusta forma de adjudicar las plazas, mediante un procedimiento que en definitiva favorece a los partidos mayoritarios, e impide a las minorías allegar a sus representantes al Congreso.
También es lamentable que no se eliminaran las distritales como se pretendía, pues precisamente es otro atentado en contra de los partidos con menos recursos económicos.
Aunque lo ideal era que se lograran cambios de este tipo, tenemos que reconocer que el nuevo Código vendrá a refrescar el espectro político electoral y algunos aspiramos a que, oxigene una alicaída democracia en la que cada vez el ciudadano común y corriente, pierde fe en la institucionalidad pública.
Bienvenido sea entonces el nuevo Código. Para todas aquellas personas que desean conocer el texto integro del código que ya no sufrirá cambios, les sugiero consultar aquí: Código
El Código vigente data de 1953 y muchas de sus normas son copia de la ley electoral que regía el país desde 1946.
La nueva ley introduce normas que garantizan mayor transparencia y más control sobre los fondos y donaciones a partidos políticos. Se elimina la alcahuetería de permitir “la contribución de dineros” de sociedad anónimas y se prevé, habrá mayor facilidad en la ejecución de los dineros de la deuda política.
En cuanto a los procesos electorales se crea el Registro Electoral y se separan sus funciones de las del Registro Civil, se establecen reglas claras acerca del proceso de apelación de decisiones internas de los partidos o aquellas que tengan que ver con la inscripción de los mismos.
Se establece la figura del amparo electoral que hasta el día de hoy, se ha aplicado por la vía de la jurisprudencia, además, se habilita el voto de costarricenses en el extranjero o voto consular, derecho ése que en el PASE hemos reclamado.
En materia de discapacidad nuestro partido hizo lo propio por incluir sus propuestas y así fue. Se logró el reconocimiento del derecho al voto secreto de las personas no videntes. Esta es una lucha de la Fundación para el Progreso de las Personas Ciegas que acuerpamos y logramos incluir dentro del nuevo Código, propiamente a partir del artículo 184.
A partir de la nueva ley las personas no videntes tienen el derecho de votar de manera secreta mediante plantillas y si no lo quieren, podrán hacer siempre su voto público o asistidos.
Además logramos (artículo 167) que no se habiliten centros de votación en segundas plantas o en cualquier local o escuela que no se encuentre adaptada con rampas de acceso, pisos antideslizantes o cualquier otra necesidad arquitectónica indispensable para garantizar la movilidad de los usuarios de silla de ruedas. Para todos aquellos funcionarios o personas civiles que incumplan con estas regulaciones, se contempla una sanción de diez salarios base.
Desde luego que el nuevo Código no es perfecto pues existen temas trascendentales que no variaron un ápice. Lo ideal es que se hubiese regulado la forma de contabilizar los votos para diputados, cuyo sistema de cociente, subcociente y residuo mayor, es en nuestro concepto no sólo antimatemático, sino además inconstitucional.
Ya en una oportunidad recurrimos a la Sala Constitucional respecto de este tema y logramos al menos tres voto salvados (de siete magistrados) que nos dieron la razón en cuanto a la ilógico e injusta forma de adjudicar las plazas, mediante un procedimiento que en definitiva favorece a los partidos mayoritarios, e impide a las minorías allegar a sus representantes al Congreso.
También es lamentable que no se eliminaran las distritales como se pretendía, pues precisamente es otro atentado en contra de los partidos con menos recursos económicos.
Aunque lo ideal era que se lograran cambios de este tipo, tenemos que reconocer que el nuevo Código vendrá a refrescar el espectro político electoral y algunos aspiramos a que, oxigene una alicaída democracia en la que cada vez el ciudadano común y corriente, pierde fe en la institucionalidad pública.
Bienvenido sea entonces el nuevo Código. Para todas aquellas personas que desean conocer el texto integro del código que ya no sufrirá cambios, les sugiero consultar aquí: Código
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