viernes, 29 de agosto de 2008

Evolución de la discapacidad

En esta sociedad del siglo XXI que valora la fuerza física como atributo del individuo y que acepta la belleza y otras características humanas como básicos en los arquetipos mediáticos, no cabe duda que las personas con discapacidad se encuentran en clara desventaja. Existen evidencias históricas de que esta deformación social, posee sus raíces en las creencias culturales que han asociado el origen de la discapacidad con el castigo. Así por ejemplo en la meca de la democracia -Grecia- el nacimiento de una persona con discapacidad era mal designio para sus progenitores que además eran objeto de vergüenza pública y desconfianza. Modernamente la versión latina ofreció explicaciones que van desde la brujería, hasta la mala suerte, pasando por la reencarnación hasta arribar en la justificación religiosa que pretendía explicar la pruebas a las que Dios nos somete.
Será hasta la creación de la Organización de Naciones Unidas (ONU) que la percepción de la discapacidad se transformó y a la vez se inició su desarrollo como una de las máximas aspiraciones del derecho internacional, partiendo de la homogeneización de las oportunidades, el acceso irrestricto y no dispar a condiciones fundamentales de estudio, transporte, trabajo y capacitación, hasta llegar a la efectiva participación de esta población en la toma de decisiones públicas. Desde su creación la Organización de Naciones Unidas se ha preocupado por las personas con discapacidad mediante el establecimiento de mecanismos y programas que inicialmente se enfocaron en la prevención y rehabilitación. Dicho enfoque dirigido a garantizar la existencia de servicios públicos y de bienestar social para esa población, se redefinió hacia finales de los años sesenta cuando se implantó un nuevo modelo social de interpretación y tratamiento de la discapacidad. Es así como la Asamblea General de la ONU adopta dos declaraciones en materia de discapacidad y derechos humanos: La Declaración de los Derechos del Retrasado Mental de 20 de diciembre de 1971 y La Declaración de los Derechos de los Impedidos de 9 de diciembre de 1975. Ambos instrumentos proporcionaron un primer marco de protección a los derechos de las personas con discapacidad mediante la implementación de medidas concretas que reconocieron y reafirmaron su derecho a la seguridad económica y social, al empleo, a vivir con sus familias, a participar en acontecimientos sociales y creativos, a recibir protección frente a cualquier tipo de explotación, abuso o trato degradante. El año de 1981 es declarado por la ONU como "Año Internacional de los Impedidos". Un año después se aprueba el Programa de Acción Mundial y se proclama el Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos (1983-1992) lo que generó una nueva visión política en materia de discapacidad en torno a tres esferas diferentes: prevención, rehabilitación e igualdad de oportunidades.

La discapacidad a partir de entonces se comprende en función de la relación entre las personas con discapacidad y su entorno, por lo que resulta indispensable eliminar los obstáculos físicos y culturales impuestos por la sociedad, a la plena participación de las personas con discapacidad. Esta intensa actividad de la década de los años ochenta eleva los problemas de las personas con discapacidad a grado de compromiso político internacional y en reconocimiento de que las necesidades y derechos de esta población requieren de soluciones concretas la ONU establece tres importantes directrices.
El cenit de esa labor de más de cincuenta años de la ONU lo es ahora, la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada el 30 de marzo de 2007 y que se ha convertido en Ley de la República recientemente. Sin pretender ahondar en las razones sociopolíticas de la inmaterialidad de derechos para esta población, bastará con decir que la disparidad en razón discapacidad física, sensorial o intelectual, es pan de todos los días, sobre todo en sociedades como la Costarricense, que por causa del subdesarrollo -entre otras razones-, no ha promovido, estimulado y materializado la legislación que garantice la igualdad.
La nueva propuesta internacional recién aprobada por nuestro parlamento, para ser realista, deberá traducirse al menos en gestión y legislación concreta, es decir una agenda de implementación en materia de discapacidad, que recoja lo mejor del acervo de nuestros Constituyentes del 49, del convenio internacional y sus antecedentes, de los actuales legisladores y de los propios "desiguales", para recorrer este nuevo camino de evolución.

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