jueves, 3 de septiembre de 2009

¿Cómo diría el Lord?

Ciento veintidós años después, nadie se ha atrevido a rebatir la frase célebre del historiador inglés Lord Acton: “Power tends to corrupt, and absolute power corrupts absolutely” que en su traducción más fiel se lee en español así: “El poder tiende a corromper, el poder absoluto corrompe absolutamente”.
Ciertamente la dictum de Acton como se le conoce a la famosa sentencia, más que una ocurrencia literaria fugaz, es fruto de una obra intelectual del emérito profesor de la Universidad de Cambridge, que pretendió construir puentes entre el catolicismo y el liberalismo, sus dos pasiones antagónicas en medio del surgimiento del nacionalismo fruto de las revoluciones del siglo XVIII. Evidentemente también posee –la frase- una fortísima carga moral, porque el absolutismo del poder se opone a la libertad y la libertad es un fin en sí mismo, según el lord.
No seré entonces yo, quien pretenda criticar a Acton, acepto que el poder tienda a corromper y que si es absoluto, la corrupción será absoluta. Nótese que según la estructura de la célebre frase, cuando se tiene poder hay apenas una tendencia –tends to corrupt- pero cuando el poder es absoluto el resultado solo es uno. Evidencias de ello abundan a lo largo del desarrollo de la humanidad, desde la bacchanalia del imperio romano, pasando por el triste retrato de los Borgia, la ambición napoleónica, la criminalidad del Tercer Reich, hasta llegar a un sin número de ejemplos modernos imposibles de disimular, en fin, la historia universal está repleta de situaciones en las que el poder absoluto, provocaron absoluta corrupción.
Por eso al igual que la mayoría de costarricenses, soy de la opinión de que la democracia es el mejor sistema de gobierno hasta el día de hoy conocido, aunque perfectible. A mi juicio, los principales elementos de la democracia (el voto secreto, la alternancia y la división de poderes) son suficientes para garantizar la inexistencia de absolutistas que sean absolutamente corruptos usando la lógica del Lord.
Sin embargo una nueva amenaza se cierne sobre las democracias de nuestro Continente y por desgracia Costa Rica no es la excepción. Por un lado el renacimiento de los golpes de Estado apoyados o dirigidos por militares, práctica que pensamos erradicada con el fenecimiento de la guerra fría, por otro la fiebre de reelección de políticos que no desean desacostumbrarse a las mieles del poder, que igualmente considerábamos extinguida gracias visionarios constituyentes que impusieron impedimentos en las ahora manoseadas cartas magnas o fundamentales. Finalmente, una tercera variante, más disimulada pero igual de peligrosa, la concentración de poder en la factio, latinazo con el que se alude a una pequeña asociación de personas basada en la riqueza.
La concentración de poder es un disimulo del absolutismo, -tiranía en democracia- según confesó Oscar Arias, es la implantación de un modelo en el que se siguen las reglas de una pequeña asociación, pero revestidas de legitimidad democrática, es una perversa solución al dilema de ser Rey sin corona, trono o designio divino.
En nuestro país todas las fuentes de poder se concentraron en una sola tendencia política, léase correctamente que ni siquiera es un partido, me refiero a la tendencia del “arismo” que logró, a la mejor con votos, a la mejor sin ellos, secuestrar toda la institucionalidad pública para sus fines. So pretexto de la gobernabilidad, basados en una aparente lentitud del aparato Estatal, apoyados por un marketing sin alma dispuesto a vender mentiras con el más elevado menosprecio por la verdad y los valores sociales, el arismo posee ya, hoy mismo, un poder absoluto, que ….. ¿cómo diría el Lord?

readmore »»
domingo, 30 de agosto de 2009

Licitación Taxis para personas con Discapacidad

Con el fin de colaborar con amigos taxistas y otras personas interesadas en adjudicarse una concesión para el servicio público de taxi en vehículos adaptados para el transporte de personas con discapacidad, el PASE elaboró el presente resumen práctico de los pasos que se deben de realizar para concursar en esa licitación.

Sobre el plazo para presentar la solicitud.
La publicación del decreto 35448-MOPT se materializó en La Gaceta del Martes 25 de agosto de 2009 y a menos que se presenten recursos de objeción al cartel, el plazo máximo para la presentación de solicitudes será el 25 de septiembre.
Las ofertas deberán de presentarse en el Consejo de Transporte Público en sobre cerrado que será abierto en presencia del interesado Una vez constatado que el formulario está completo, se entregará constancia de recibido (si el formulario no está completo no se recibirá la documentación).
El formulario se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.mopt.go.cr/ctp/

Sobre la cantidad de concesiones.

En total se licitan 1034 concesiones distribuidas por provincia de la siguiente manera:

San José

629

Alajuela 100

100

Cartago 74

74

Heredia 79

7 9

Guanacaste 39

39

Puntarenas 55

55

Limón 58

58


Sobre el tipo de vehículos.

Para la prestación de los servicios los vehículos deben de tener las siguientes características:
Deben de tener dos tipos de taxímetros, uno visible y otro audible Debe ser rojo, rotulado con la leyenda TAXI pero además debe de contener el símbolo universal de la discapacidad (no calcomanía) Pueden ser tipo rural o tipo microbús Deben de contener rampas ( mecanismos mecánicos, electromecánicos y / o hidráulicos ) para garantizar el acceso de pasajeros con movilidad reducida. Deberán de tener un mínimo de 3 puertas amplias para que las personas con discapacidad puedan acceder al transporte con su respectivas ayudas técnicas

El techo del vehículo debe de tener una altura mínima de 1.35 metros.

Sobre la declaración jurada.
Igual que ocurre en cualquier licitación, el interesado debe de adjuntar a la oferta una declaración jurada rendida ante notario público de su elección, sin embargo para que tengan una idea adjunto el siguiente machote que contiene los elementos que de deben de declarar:


“Yo __________________ advertido de las penas con las que nuestro ordenamiento jurídico sanciona el delito de falso testimonio, declaro bajo la fe y gravedad del juramento que: No me alcanza ninguna de las prohibiciones contenidas en la Ley 7969 ni en la Ley de Contratación Administrativa N º 7494 y sus Reglamentos. Me comprometo a respetar la base de operación que se me asigne mediante la licitación para el servicio público de taxi en vehículos para personas con discapacidad. Asimismo mantendré vigente durante todo el período de concesión todos los seguros de ley del vehículo con el que se utilizará para prestar el servicio, además me comprometo a: efectuar las revisiones técnicas periódicas estipuladas en la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres, a conducir personalmente el vehículos durante 8 horas diarias según el inciso d) del artículo 48 de la Ley 7969. Declaro de forma expresa no haber cedido concesión o permiso para el transporte remunerado de personas en modalidad de taxi durante los últimos 10 años anteriores, que no existen más concesiones dentro de mi núcleo familiar o concesiones y/o permisos en rutas regulares de servicio de transporte de personas, así como que tampoco en los últimos 5 años he sido objeto de procedimiento administrativo de cancelación de concesión en mi contra. Acepto expresamente que cualquier falsedad en la información suministrada o la falta de requisitos o de pruebas documentales, excluirán mi oferta de manera automática.”


Sobre el costo.
Para participar se debe depositar una garantía (dinero efectivo o título valor) a favor del Consejo de Transporte Público por 269 mil 800 colones. Quienes no resulten adjudicados se les regresará el monto de la garantía.

Documentos indispensables.
Los interesados deben de alistar los siguientes documentos que son indispensables:
1) Copia certificada de Licencia C 1 al día.
2) Certificación del código del conductor al día y
3) Certificación de la CCSS en la que consten los salarios devengados en los últimos 12 meses.

Calificación de las ofertas.
Los siguientes son los parámetros para calificar las ofertas:

Experiencia en prestación del servicio de taxista

40 puntos en total

8 puntos por c/año de poseer licencia C 1

A quien haya cotizado para la CCSS un salario igual o mayor a 269.800 en los últimos 12 meses (inscrito como asegurado voluntario)

24 puntos en total

el interesado perderá 2 puntos por cada mes si devengó un salario superior al señalado

A quienes posean código de conductor mediante certificación del Consejo de Transporte Público

16 puntos en total

4 puntos por c/año. También se descuentan 4 punto por año a quien no posea el código

A quienes demuestren haber realizado cursos de servicio al cliente

20 puntos en total

Se pueden acreditar hasta 2 cursos y se asignan 10 puntos a cada uno

TOTAL

100 calificación


Conclusión

Los anteriores son aspectos básicos que deben de conocer los interesados en presentar ofertas y se ha elaborado este resumen con el fin de orientarles. Desde luego lo recomendable es comprar La Gaceta del Martes 25 de agosto y conocer con profundidad los pasos para licitar y adjudicarse una concesión.

Igualmente es importante acceder a la dirección http://www.mopt.go.cr/ctp/ o en su defecto acercarse a las oficinas del Consejo de Transporte Público a solicitar los formularios.

Les deseamos éxito a todos los interesados.

readmore »»